Delegados sindicales: un rol clave para la lucha gremial

Durante estas últimas semanas, en muchas empresas del territorio santafesino, se están eligiendo delegados gremiales para que representen a los trabajadores que se encuentren afiliados a nuestro sindicato. Conocer sus derechos y responsabilidades es una tarea fundamental para asegurar un accionar acorde entre todos los integrantes de una organización sindical.

La defensa de los derechos laborales de los trabajadores es la función básica de cualquier delegado sindical. Su actuación pone de manifiesto las posibilidades de responder favorablemente a los intereses de los compañeros. En lo siguiente iremos examinando desde una mirada legal y una político-sindical los alcances y posibilidades de quienes ejercen el cargo.

Una aproximación jurídica

Desde el punto de vista legal y jurídico el ejercicio de la función del delegado gremial tiene algunos requisitos y características concretas.

Para poder ejercer este cargo todo trabajador debe contar con al menos un año de antigüedad en el sindicato en el que se encuentra afiliado. La afiliación preexistente es un requisito esencial para viabilizar la oficialización de la lista y debe entenderse ante todo como una garantía para los trabajadores representados, para quienes debería ser preferible un delegado con la debida experiencia en la actividad (y aún en la empresa). Para ésta, en cambio, debería ser indiferente la persona que sus empleados eligieran para representarlos.

Otro de los requisitos que deben cumplimentar los trabajadores para ejercer las funciones de delegado del personal, miembros de comisiones internas y organismos similares, consiste en ser elegidos en comicios. El delegado tiene que ser elegido por los propios compañeros para desempeñarse como tal a través del voto directo y secreto de los trabajadores. Tienen derecho a votar todos los trabajadores, cuya representación deberán ejercer en caso de ser elegidos, sean o no afiliados.

El dirigente sindical obrero goza de un amparo especial, para poder desempeñar el mandato gremial, evitando represalias o limitaciones por parte de los empleadores. El amparo tiene vigencia por todo el tiempo que dure el mandato y un año más de concluido el mismo. En el punto 7.2.1. del Convenio Colectivo 40/89 de nuestro sector camionero se especifica que “los empresarios reconocerán a las Comisiones Internas y/o Delegados de sus respectivos personales no pudiéndose tomar contra los mismos, represalias”.

Nuestra Constitución Nacional, en el art. 14 bis (artículo 14 “nuevo”) también determina que “los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de sus empleos…”

Para los delegados del personal, comisiones internas y organismos similares, la duración no podrá exceder de dos años, pudiendo ser reelecto indefinidamente.

Respecto a la necesidad de darle visibilidad a la actuación de los delegados, en el CCT 40/89 (punto 7.2.3. Comunicados Gremiales) se prevé que en todas las Empresas deberá autorizarse la colocación de pizarras en lugar visible para el uso de la Comisión Interna y/o Delegados a fin de facilitar a esta la publicación de las informaciones del Sindicato al Personal.

Por último, señalar contundentemente que los trabajadores que desempeñen cargos sindicales electos conforme a la ley, gozarán de los siguientes derechos: no pueden ser despedidos sin justa causa, no pueden ser suspendidos sin justa causa, no pueden modificar sus condiciones de trabajo.

Una aproximación sindical-política (*)

Los sindicatos son actores fundamentales en la consolidación de la democracia y del diálogo social.

El delegado es un trabajador que representa a sus compañeros ante el sindicato y ante el empleador, por lo tanto, es clave en la organización de los trabajadores. La tarea del delegado es, seguramente, una de las posiciones de representación más importante, estimulante y exigente en el conjunto de los trabajadores organizados, porque está en la primera línea de defensa de los derechos de sus compañeros por un trabajo digno y una remuneración justa. El delegado es la persona que sus compañeros ven todos los días en el lugar de trabajo. Otro rol que lo destaca es su calidad de co-responsable en la confianza que se establece entre los trabajadores y el sindicato.

Las opiniones que pueden tener los compañeros sobre la organización gremial –efectividad, organización, calidad, representatividad y transparencia– se basan en gran medida en la actuación del representante de base. La fuerza del sindicato es producto de su trabajo decidido y constante en el desempeño de su tarea como dirigente, organizador, comunicador, representante, enlace, educador y protagonista en los conflictos y así como en sus soluciones

Debe saber de la importancia de su labor tanto como divulgador o docente, ya que tendrá que trasladar a la organización las inquietudes y expectativas de sus compañeros. A su vez tiene que llevarles la palabra y la idiosincrasia del sindicato, con miras a orientarlos en la tarea común y con el interés de salvaguardar los derechos laborales vigentes, alentando a todos para que sumen sus esfuerzos a la organización y se dispongan a ser protagonistas solidarios en la acción gremial y sindical, tanto en su lugar de trabajo como fuera de él.

El aprendizaje del delegado es solidario. La transmisión de experiencias por parte de sus compañeros es fundamental. No hay una escuela, en el sentido tradicional, que imparta estos ”saberes”.

Podemos agregar que los delegados deben responder a tres principios básicos: El primero es la capacidad. Muchas veces la actividad cotidiana requiere de sentido común (que no es tan común como podría suponerse). El segundo principio es la conducta ya que debe ser íntegro en lo moral, recto en todo momento, porque representa a sus compañeros y es un ejemplo para ellos y guía para los más jóvenes. El delegado debe tener un espíritu de trabajo constructivo, procederes claros y transparentes, ser enérgico sin insolencia; atento sin flaquezas; decidido pero no intolerante Y el tercer principio es la militancia: esto implica tener conducta y capacidad como dos cualidades que el delegado debe poner al servicio de su acción, que es la militancia.

Conclusión

El delegado gremial es la pieza fundamental para lograr que la representación se ejecute desde abajo hacia arriba y que el sindicato pueda trabajar sobre las necesidades de los compañeros. Es la base de la legitimidad para los trabajadores organizados, articulando las demandas de los trabajadores con las capacidades y aptitudes de la conducción.

En nuestro sector, con las características propias que hacen al trabajo camionero -de soledad y distancia-, se hace más importante todavía la función del delegado, pudiendo tener contacto con compañeros que se encuentran por largos períodos solitarios y en la ruta. De ahí que consideramos irreemplazable e indispensable su actuación y clave para el correcto andamiaje de la organización y el bienestar de todos los trabajadores.

(*) Muchas de las ideas se recogen del Manual de Delegados difundido por el sitio argentina.gob